Los accionistas de la Compañía tendrán derecho a:
- Un tratamiento equitativo independiente del valor de su inversión o el número de acciones que represente.
- Participar en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, ya sean ordinarias o extraordinarias.
- Cada una de las acciones inscritas en el libro de Registro de Acciones conferirá derecho a un voto en la Asamblea, sin restricción en cuanto al número de votos que pueda emitir el titular o su representante, sin perjuicio de las prohibiciones o inhabilidades que la Ley establece para votar en determinadas decisiones.
- Percibir dividendos.
- Nominar y designar los miembros de la Junta Directiva y el Revisor Fiscal.
- Inspeccionar los libros y demás documentos previstos en los artículos 446 y 447 del código de comercio, así como aquella información relativa a la Compañía y al desempeño de ésta que legalmente no constituya Información sujeta a reserva o privilegiada.
- Negociar libremente las acciones, según las reglas establecidas en los Estatutos Sociales y la Ley colombiana, entre los que se encuentra el Derecho de Preferencia en la suscripción de acciones.
Los accionistas de la Compañía tendrán derecho a:
- Un tratamiento equitativo independiente del valor de su inversión o el número de acciones que represente.
- Participar en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, ya sean ordinarias o extraordinarias.
- Cada una de las acciones inscritas en el libro de Registro de Acciones conferirá derecho a un voto en la Asamblea, sin restricción en cuanto al número de votos que pueda emitir el titular o su representante, sin perjuicio de las prohibiciones o inhabilidades que la Ley establece para votar en determinadas decisiones.
- Percibir dividendos.
- Nominar y designar los miembros de la Junta Directiva y el Revisor Fiscal.
- Inspeccionar los libros y demás documentos previstos en los artículos 446 y 447 del código de comercio, así como aquella información relativa a la Compañía y al desempeño de ésta que legalmente no constituya Información sujeta a reserva o privilegiada.
- Negociar libremente las acciones, según las reglas establecidas en los Estatutos Sociales y la Ley colombiana, entre los que se encuentra el Derecho de Preferencia en la suscripción de acciones.
Los accionistas de la Compañía tendrán derecho a:
- Un tratamiento equitativo independiente del valor de su inversión o el número de acciones que represente.
- Participar en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, ya sean ordinarias o extraordinarias.
- Cada una de las acciones inscritas en el libro de Registro de Acciones conferirá derecho a un voto en la Asamblea, sin restricción en cuanto al número de votos que pueda emitir el titular o su representante, sin perjuicio de las prohibiciones o inhabilidades que la Ley establece para votar en determinadas decisiones.
- Percibir dividendos.
- Nominar y designar los miembros de la Junta Directiva y el Revisor Fiscal.
- Inspeccionar los libros y demás documentos previstos en los artículos 446 y 447 del código de comercio, así como aquella información relativa a la Compañía y al desempeño de ésta que legalmente no constituya Información sujeta a reserva o privilegiada.
- Negociar libremente las acciones, según las reglas establecidas en los Estatutos Sociales y la Ley colombiana, entre los que se encuentra el Derecho de Preferencia en la suscripción de acciones.
Prospecto de emisión de acciones Éxito